Licencia de Conducción(LCC)

Para conducir ciclomotores de dos o tres ruedas, cuadriciclos ligeros, vehículos para personas de movilidad reducida y algunos vehículos especiales autropopulsados agrícolas se exigirá estar en posesión de, al menos, la correspondiente licencia de conducción.

La edad mínima para su obtención será la de:
a) Catorce años para conducir ciclomotores, cuadriciclos ligeros y vehículos para personas
de movilidad reducida o 16 años cuando transporten viajeros ( LCC y LCM ).
Estos vehículos se podrán conducir también con el permiso " A1 ", " A " y " B ".

b) Dieciséis años para conducir vehículos especiales agrícolas autropopulsados y conjunto de
los mismos, cuya masa o dimensiones máximas autorizadas no excedan de las autorizadas para vehículos ordinarios y el número de personas transportadas no es superior a cinco, incluido el conductor ( LVA ). Estos vehículos se podrán conducir también con el permiso " B ".

Cualquier licencia quedará anulada cuando su titular obtenga permiso de la clase " B ", y la que autoriza a conducir ciclomotores, cuadriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida, cuando obtenga el de la clase " A-1 " o " A ", debiendo ser entregada a la
Jefatura de Tráfico .

 

Pruebas a Realizar

LCC- Cursillo de 8 horas.
Las clases y examen se realiza en la autoescuela